DERECHO MIGRATORIO

Llevamos a cabo la tramitología para la obtención de las características migratorias actualmente denominadas “condiciones de estancia”:

Visitantes: turismo, negocios o tránsito (no mayor a 180 días).

Residente Temporal: sustituye a las calidades migratorias FM3 y FM2 (permanecer más de 180 días en nuestro país, por un período máximo de 4 años).

Residente Permanente: puede permanecer en México indefinidamente y realizar actividades remuneradas después de 4 años como residente temporal.